En el Perú, el
acto de sufragio es obligatorio para todos los ciudadanos mayores de 18
años. Para los que omitan este deber están obligados a pagar una multa o
justificar su inasistencia a los comicios, ya sea por no haber votado o
haber declinado instalar una mesa de sufragio. A continuación te damos
las pautas que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) indica para poder
generar la dispensa o, caso contrario, pagar la multa. Si no sabes si
adeudas pagos, ingresa aquí.
¿EN QUÉ CASOS DEBE PAGARSE LA MULTA?
Cuando se ha omitido con el deber de votar o instalar la Mesa de
Sufragio debe pagarse una multa que va desde los S/. 38 hasta los S/.
190. El rango de pago varía según el nivel de pobreza del omisor al
voto. Para el caso de los miembros de mesa, el pago es de 190 soles, ya
sea para los que no instalaron la mesa de sufragio como para los
electores (que no siendo miembros de mesa) se negaron a dichos cargos.
-Para más información sobre la escala de pagos, accede desde AQUÍ a la página del JNE.
Los lugares de pago, para los ciudadanos que se encuentran dentro de
territorio nacional, son las oficinas del Banco de la Nación. Para los
que están en el extranjero deben acercarse a las oficinas consulares del
Perú.
¿CÓMO PRESENTAR LA DISPENSA SI NO SE SUFRAGÓ Y/O NO SE INSTALÓ LA MESA DE SUFRAGIO?
La dispensa puede ser presentada al día siguiente de los comicios
electorales y solo el JNE es el responsable de eximir al ciudadano de
las sanciones administrativas. Para iniciar el proceso, la persona debe
presentar el DNI vigente, los documentos que sustenten la causal
invocada y el recibo de pago por derecho de trámite emitido.
El ciudadano debe aproximarse a la ventanilla de dispensas del JNE Sede
Central (Av. Nicolás de Piérola N° 1070 Cercado de Lima). Para
ciudadanos de provincia deben acercarse a las Unidades Regionales de
Enlace de Arequipa, Chiclayo, Huancayo, Puno, Cajamarca, Ucayali,
Amazonas, Loreto y Madre de Dios. Si deseas saber la dirección exacta de
las Unidades Regionales puedes acceder aquí.
Es importante dejar claro que hay una serie de causales específicas para el otorgamiento de justificaciones.
El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas
individualmente por los ciudadanos es de cinco días hábiles a partir del
día siguiente de su presentación.
Si estás en el trabajo o no puedes realizar el trámite in situ, el JNE
permite realizar el proceso por medio de correo postal. Asimismo, este
trámite puede iniciarlo una tercera persona.
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