MINSA aprueba lineamientos para promover alimentación
saludable con enfoque intercultural: Los quioscos, cafeterías y comedores de
los colegios públicos y privados del país no podrán vender a los escolares
comida "chatarra", es decir alimentos con alto contenido de azúcar,
sal o grasas porque ello a la larga repercutirá negativamente en su salud.
Así lo informó a la Agencia Andina Julie Mariaca,
coordinadora nacional de la Estrategia de Alimentación y Nutrición Saludable
del Ministerio de Salud (Minsa), al explicar el Documento Técnico publicado hoy
en El Peruano(R. M. N° 195-2019/MINSA), que aprueba los Lineamientos para la
promoción y protección de la alimentación saludable en los colegios.
La norma fija un conjunto de medidas sanitarias y de
alimentación que, luego de ser adoptadas por el Ministerio de Educación,
deberán implementarse en los quioscos, cafeterías y comedores de los colegios
públicos y privados.
Mariaca detalló que en los quioscos de los colegios podrá
venderse alimentos con preparaciones sencillas (pan con pollo, con palta,
aceituna, etcétera), choclo o papa con queso, frutas, yogurt, cereales, agua
mineral, así como jugos o productos envasados sin aditivos, entre otros.
Lo que no se podrá ofrecer a los escolares, apuntó la
experta, son gaseosas y alimentos procesados con octógonos porque al tener esa
advertencia será señal de que son altos en azúcar, sal o grasas saturadas.
Los lineamientos tienen dos áreas, una dirigida a los
quioscos y otra para cafeterías y comedores escolares. Para ambos casos, el
lunes se publicará en el portal del Minsa una listado de alimentos que se
podrán ofrecer teniendo en cuenta el enfoque intercultural, es decir según lo
que se consume en la región.
El documento publicado hoy recalca que los lineamientos del
Minsa serán adoptados por el Ministerio de Educación, a través de sus
direcciones competentes, para implementar políticas, planes, programas y/o
recursos pedagógicos que promuevan entre los educandos la educación
nutricional, la alimentación saludable y la actividad física.
El documento técnico se elaboró de acuerdo al artículo 5 del
Reglamento de la Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable
para Niños, Niñas y Adolescentes, aprobado con Decreto Supremo N° 017-2017-SA.
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