De acuerdo a la propuesta, si ninguno de los
candidatos obtuviera el 25 por ciento de los votos válidos, se procede a
una segunda vuelta electoral municipal dentro de los treinta días
calendarios siguientes de conocido el cómputo oficial realizado por la
Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Esta segunda vuelta, según la iniciativa, deberá
realizarse en todas las circunscripciones electorales que así lo
requieran y entre los dos candidatos a alcalde de las listas con las dos
más altas mayorías relativas.
En la
segunda vuelta, según el proyecto de ley, es proclamado alcalde el
postulante que obtenga la mayoría simple de los votos válidamente
emitidos.
De acuerdo a esta iniciativa,
la modalidad de elección por mayoría simple ha generado en el país una
crisis de legitimidad de algunas autoridades municipales, pues algunos
de ellos son elegidos con muy baja votación, lo cual empobrece su
representatividad.
Ese hecho, añade, genera inestabilidad e ingobernabilidad en la gestión municipal.
En
ese marco, la restitución de la segunda vuelta electoral contribuirá
efectivamente a dar mayor legitimidad a la elección de los alcaldes, de
acuerdo al proyecto.
La iniciativa legislativa fue presentada por la bancada de Solidaridad Nacional.
En
caso de aprobarse, la medida entraría en rigor para los siguientes
comicios municipales y no para el proceso del próximo 5 de octubre.
(FIN) CCR- Andina.
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