Mendoza solicitó a los magistrados
analizar preventivamente el contenido de las expresiones o informaciones
que lesionarían derechos fundamentales como el honor o la intimidad,
para que, después de un análisis responsable e independiente, tomen la
decisión que corresponda.
La autoridad judicial formuló esta exhortación a consecuencia de que muchas denuncias realizadas contra periodistas se efectúan con el objetivo de amedrentarlos, y así anular el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y expresión,
Particularmente, se refirió a los casos sobre corrupción, influencias indebidas en el sistema de impartición de justicia o conflictos sociales.
Mendoza instó a los jueces a tener en cuenta si en el contenido de las informaciones publicadas concurren las exigencias que detalla el Acuerdo Plenario N.° 3-2006/CJ-116 del 13 de octubre del 2006.
Este acuerdo plenario incorpora fundamentos jurídicos y de carácter vinculante para determinar si una conducta contraviene el honor o se justifica por ampararse en el ejercicio de las libertades de expresión o de información.
La autoridad judicial formuló esta exhortación a consecuencia de que muchas denuncias realizadas contra periodistas se efectúan con el objetivo de amedrentarlos, y así anular el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y expresión,
Particularmente, se refirió a los casos sobre corrupción, influencias indebidas en el sistema de impartición de justicia o conflictos sociales.
Mendoza instó a los jueces a tener en cuenta si en el contenido de las informaciones publicadas concurren las exigencias que detalla el Acuerdo Plenario N.° 3-2006/CJ-116 del 13 de octubre del 2006.
Este acuerdo plenario incorpora fundamentos jurídicos y de carácter vinculante para determinar si una conducta contraviene el honor o se justifica por ampararse en el ejercicio de las libertades de expresión o de información.
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