Jurado Nacional de Elecciones,
máximo órgano electoral supremo, notifico a la Municipalidad Provincial de
Huaral la Resolución Nro. 366-2014-JNE, en donde dicho Tribunal Supremo
Electoral, declara la nulidad de los acuerdos de Concejo Municipal de Huaral
Nros. 099-2013 y 004-2014, sobre el pedido de vacancia formulado por el
ciudadano Carlos Carrillo Garay.
Vale decir que el JNE, ha
declarado nulo dichos acuerdos dejando sin efecto la declaración de vacancia
del Alcalde Víctor Bazán Rodríguez tomada por la mayoría de regidores,
igualmente el Jurado Nacional de Elecciones dispuso que se lleve a cabo una
nueva sesión de Concejo donde previamente el solicitante de la vacancia debe
precisar su solicitud de vacancia, a fin de que el Concejo Municipal pueda
tomar una decisión respecto al pedido de vacancia, ya que dicha solicitud no es
precisa y clara en formular su pedido.
Debemos recordar que dichos
acuerdos fueron tomados por la mayoría de regidores que resolvieron declarar la
vacancia del Alcalde Provincial Víctor Bazán Rodríguez, por lo que el Jurado
Nacional de Elecciones declaro fundada la apelación formulada por la defensa
del Alcalde, pues señala que el Concejo Municipal de Huaral al declarar la
vacancia vulnero normas de derecho administrativo.
Igualmente el JNE, no acogió los
fundamentos del solicitante de la vacancia, que requería que el JNE confirme el
acuerdo de Concejo Municipal de Huaral y declare la vacancia del Alcalde Víctor
Bazán Rodríguez

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