martes, 10 de marzo de 2015

Cierran padrón a usarse en comicios municipales complementarios

Desde el sábado 7 de marzo los ciudadanos que votarán en las Elecciones Municipales Complementarias ya no pueden cambiar el nombre ni la dirección que figura en su DNI, pues el Reniec cerró el Padrón Electoral correspondiente a los 29 distritos y 2 provincias donde se llevarán a cabo los comicios.

El Reniec elabora el padrón –es decir, la lista de ciudadanos hábiles para votar– con la información de la base de datos donde se encuentran los peruanos que poseen el Documento Nacional de Identidad, y lo mantiene cerrado durante los 120 días previos a las elecciones, a fin de de que no se altere la información utilizada para organizarlas.

Las únicas modificaciones posibles serán las solicitadas por los ciudadanos que formulen observaciones o tachas, luego de revisar las listas del Padrón Inicial.

Estas listas serán publicadas a lo largo de cinco días –del 18 al 22 de marzo– en los distritos donde habrá elecciones el 5 de julio. Si al revisarlas un ciudadano encuentra que no está registrado, que hay una doble inscripción o que figura alguien que haya fallecido o no reside en el distrito declarado en su DNI, podrá presentar observaciones o tachas.

Para ello, contará con la orientación del personal del Reniec que estará en las agencias o al lado del Padrón Inicial.

Aunque el Padrón Electoral esté cerrado, es posible obtener un duplicado del DNI o renovarlo, siempre y cuando el trámite de renovación no incluya la solicitud de rectificación, y se realice después de la fecha de caducidad del documento o durante los dos meses previos.

Por otro lado, el 7 de marzo el Reniec también cerró por 120 días el Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú. En este registro se inscriben aquellos extranjeros mayores de 18 años que desean participar en elecciones municipales, siempre y cuando residan en el territorio nacional más de dos años continuos previos a los comicios.

La validez del documento de acreditación otorgado por el Reniec se limita al proceso electoral para el que ha sido solicitado, y no se entrega a los ciudadanos extranjeros cuyo domicilio se encuentra bajo la jurisdicción de una municipalidad ubicada en una zona fronteriza.

(FIN) NDP/TMC/MAO

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