- Fallo condenatorio impone al autor cinco años de pena privativa de libertad. Exp. Nro. 1050-2010-94
En Audiencia de Apelación de la fecha, realizada a las 8.30 a.m. en el Penal de Carquín, la Sala Penal de Apelaciones
de la Corte Superior de Justicia de Huaura, con el Voto del señor Reyes
Alvarado al que se adhiere la señora Caballero García, POR MAYORÍA, DECIDE,
Declarar: 1).- INFUNDADA la apelación formulada por la defensa técnica del
imputado, en consecuencia, 2).- CONFIRMA
la sentencia contenida en la
Resolución Número Treinta y Cuatro, de fecha 13 de Septiembre del 2012; que
falla: CONDENANDO a Arturo Ángel
YACTAYO CHÁVEZ como autor del delito de Corrupción de Funcionarios – Cohecho
Pasivo Propio, en agravio del Estado imponiéndole CINCO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA.
Los hechos ocurrieron
el 24 de abril del 2010 al promediar las once y treinta de la noche
aproximadamente, cuando se intervino a Richard Vander Leandro Alcocer, por personal
de seguridad al encontrarse conduciendo su vehículo en estado de ebriedad, a la
altura de la plazuela de Luriama, siendo conducido a la comisaría de Cruz
Blanca para luego practicársele el dosaje etílico; al día siguiente, el acusado
Capitán de la PNP, Jefe de la Sección de Accidente de Tránsito de la Comisaría
de Cruz Blanca, le manifestó al intervenido que le iba a devolver su licencia
de conducir si le pagaba la suma de 400 nuevos soles, para arreglar el dosaje
etílico diciéndole esto en presencia de su abogado Adolfo Nicolás Murillo
Rosales y podría arrojar presencia de alcohol en la sangre; el señor Richard Vander Leandro Alcocer,
denunció en la Fiscalía Provincial de
turno, el Capitán Yactayo, acusado, llamó por su celular a Richard Vander
Leandro Alcocer, para que le lleve el dinero solicitado o un adelanto de 50
nuevos soles, pues ya había coordinado con una persona que trabaja en el
Departamento de Sanidad para que el resultado de dosaje etílico, sea 0.24
grados litro por alcohol en la sangre.
Nota de Prensa.

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