jueves, 13 de diciembre de 2018

Trabajadores que laboren el feriado 25 de diciembre recibirán hasta triple pago

Conforme a la Ley de Descansos Remunerados, el 25 de diciembre es feriado nacional no laborable para los trabajadores públicos y privados, por tanto, tienen derecho a un descanso pagado por el empleador.

Si te toca trabajar el feriado martes 25 de diciembre podrías percibir hasta el triple de la remuneración diaria, de no tener descanso sustitutorio en otro día, señaló la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Feriado navideño

El gremio empresarial indicó que, conforme al artículo 9 del D. Leg. 713 Ley de Descansos Remunerados, el 25 de diciembre es feriado nacional no laborable para los trabajadores públicos y privados, con derecho a descanso pagado por el empleador.

“Por ejemplo, si el trabajador percibe S/ 100 diarios, recibirá S/ 100 por el día feriado y S/ 200 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%)”, comentó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Cabe precisar que si el 25 de diciembre es su día de descanso semanal, el trabajador solo percibirá S/ 100 por el descanso semanal y no por el feriado.


Además, no se considerará que se haya laborado en día feriado cuando el turno de trabajo se inicie en día laborable y concluya en día feriado. Fuente : ANDINA/RPP.NOTICIAS.

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