• Se reconoce y formaliza a los grupos organizados, asimismo promueve la creación de nuevas agrupaciones
En el mes de marzo del 2016, el Concejo de la Municipalidad Distrital
de Chancay aprobó la Ordenanza Nº 008 – 2016 – MDCH, que RECONOCE Y
FORMALIZA A LOS GRUPOS ORGANIZADOS DE ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE
CHANCAY, CON EL OBJETIVO DE CONTRIBUIR AL PROYECTO DE VIDA Y SU
DESARROLLO INTEGRAL DE LAS Y LOS ADOLESCENTES.
Esta ordenanza consta de 12 artículos y 2 disposiciones complementarias, donde destaca la creación del Registro de Organizaciones de Adolescentes (ROA), a cargo de la Municipalidad Distrital de Chancay, con la finalidad de declarar de interés el impulso al desarrollo personal de la niñez y adolescentes, a cargo de la Dirección de Participación Social y Desarrollo Humano, y a través de la Oficina de Participación Vecinal y DEMUNA.
La presente ordenanza se sustenta en normas legales, como nuestra Constitución Política, el Código Civil y leyes como la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley que aprueba el nuevo código de niños y adolescentes.
Esta ordenanza reconoce a los grupos existentes y promueve la creación de nuevos grupos, en especial los de situación de vulnerabilidad, cuyos integrantes tengan entre 11 a 17 años, debidamente registrados en el ROA.
La solicitud de inscripción de las organizaciones deberá ser dirigido al Señor Alcalde, con atención a la Oficina de Participación Vecinal con la siguiente información: Copias fedateadas de la organización, especificando al coordinador o representante; del cuadro de autoridades de la organización; del padrón de integrantes, donde se detalle los datos generales, descripción de la temática del grupo y plan de trabajo.
La resolución de reconocimiento, se constituirá como la acreditación en el ROA, siendo anotada en el Libro de registro respectivo de manera gratuita, consignando información como Nº de ingreso, Nº de resolución entre otras.
La Dirección Municipal de Participación Social y Desarrollo Humano, brindará asistencia técnica, operativa y presupuestal a los diferentes grupos, conformando un plan de orientación y fortalecimiento de capacidades.
Esta ordenanza consta de 12 artículos y 2 disposiciones complementarias, donde destaca la creación del Registro de Organizaciones de Adolescentes (ROA), a cargo de la Municipalidad Distrital de Chancay, con la finalidad de declarar de interés el impulso al desarrollo personal de la niñez y adolescentes, a cargo de la Dirección de Participación Social y Desarrollo Humano, y a través de la Oficina de Participación Vecinal y DEMUNA.
La presente ordenanza se sustenta en normas legales, como nuestra Constitución Política, el Código Civil y leyes como la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley que aprueba el nuevo código de niños y adolescentes.
Esta ordenanza reconoce a los grupos existentes y promueve la creación de nuevos grupos, en especial los de situación de vulnerabilidad, cuyos integrantes tengan entre 11 a 17 años, debidamente registrados en el ROA.
La solicitud de inscripción de las organizaciones deberá ser dirigido al Señor Alcalde, con atención a la Oficina de Participación Vecinal con la siguiente información: Copias fedateadas de la organización, especificando al coordinador o representante; del cuadro de autoridades de la organización; del padrón de integrantes, donde se detalle los datos generales, descripción de la temática del grupo y plan de trabajo.
La resolución de reconocimiento, se constituirá como la acreditación en el ROA, siendo anotada en el Libro de registro respectivo de manera gratuita, consignando información como Nº de ingreso, Nº de resolución entre otras.
La Dirección Municipal de Participación Social y Desarrollo Humano, brindará asistencia técnica, operativa y presupuestal a los diferentes grupos, conformando un plan de orientación y fortalecimiento de capacidades.
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