El
Poder Ejecutivo declaró el viernes 2 de enero de 2015 como no
laborable, a nivel nacional, para los trabajadores del sector público y
privado. El objetivo es fomentar el desarrollo del turismo interno en el
país, de acuerdo con un Decreto Supremo publicado hoy en El Peruano.
De esta manera habrá fin de semana
largo, pues el 1 de enero es feriado calendario por ser Año Nuevo, con
lo cual los trabajadores y sus familias dispondrán de cuatro días para
viajar por el territorio nacional, participar en actividades recreativas
o aprovecharlo como crean conveniente.
La norma añade que para fines tributarios el referido día se considerará hábil. Del mismo modo, se precisa que la compensación de horas en el sector público, es decir, las dejadas de trabajar en el día no laborable establecido se compensarán en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que fije el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
En el sector privado, a través de un acuerdo entre el empleador y sus trabajadores se determinará la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, definirá el empleador.
La norma añade que para fines tributarios el referido día se considerará hábil. Del mismo modo, se precisa que la compensación de horas en el sector público, es decir, las dejadas de trabajar en el día no laborable establecido se compensarán en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que fije el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
En el sector privado, a través de un acuerdo entre el empleador y sus trabajadores se determinará la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, definirá el empleador.
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