Días
atrás ECOS informó sobre la vacancia del entonces Alcalde Provincial de
Huaral, Jaime Uribe Ochoa, siendo sucedido en el cargo por su Teniente
Alcalde, Víctor Bazán Rodríguez, quien ahora y en menos de un mes de
ejercer el cargo oficialmente ha sido vacado en primera instancia con el
voto en mayoría del pleno del Concejo Provincial de Huaral. Nuestro
medio también informó sobre la vacancia de dos regidores provinciales de
Barranca, Luis Flores Malqui y Abraham Gadea Sotelo; convirtiéndose el
procedimiento sancionador de vacancia en una espada de Damocles que
afecta a las autoridades elegidas con el voto popular y que a pesar de
haber sido ganadores de las elecciones deben dejar el cargo a sus
accesitarios. Esta situación puso en alerta a la población de Barranca
por cuanto su Alcalde Provincial, Rommel Ullilén Vega, estaba siendo
procesado por la supuesta comisión de los delitos de Falsa declaración
en procedimiento administrativo y contra la Fe Pública por el caso del
mercado de Barranca (Exp. Nº 1425-2011), con el inminente peligro que de
haber sido condenado podía ser suspendido y posteriormente vacado en el
cargo que ejerce; sin embargo, después de más de un año de
investigación fiscal y del proceso judicial, el Alcalde Provincial de
Barranca fue absuelto en primera instancia por el Juzgado Unipersonal de
Barranca, cuya sentencia absolutoria fue confirmada por la Sala Penal
de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura, quedando
libre de toda imputación, desapareciendo el peligro de que pueda ser
apartado del cargo.SE HIZO JUSTICIAEnterados del resultado del largo
proceso judicial, ECOS entrevistó al abogado defensor del Alcalde
Provincial de Barranca, Luis Guillermo Flores Valderas, quien nos señaló
que la absolución de Ullilén Vega fue resultado de la transparencia de
la gestión municipal que ejerce su cliente, quien demostró en el juicio
que había dado cumplimiento al mandato contenido en el Acuerdo de
Concejo que ordenó inscribir en Registros Públicos el inmueble donde se
ubica el mercado de Barranca a nombre de la municipalidad y que la
documentación presentada en el procedimiento de inscripción registral
correspondía a aquella que le había sido proporcionada y elaborada por
las instancias administrativas de la comuna de Barranca, a cargo de las
gerencias respectivas y la procuraduría pública municipal. “Mi cliente
durante el desarrollo del proceso acreditó que su proceder fue
transparente, de acuerdo con el correcto accionar que estipula la Ley
Orgánica de Municipalidades para los alcaldes, siendo este el motivo por
el que inclusive la parte denunciante y presunta agraviada, estuvo de
acuerdo con el fallo absolutorio de la Sala Penal Superior de Huaura”,
aseguró el abogado; asimismo agregó que, “en ambas instancias el alcalde
de Barranca estuvo tan seguro de que los argumentos de la denuncia no
eran ciertos que su autodefensa fue certera y clarificadora para los
magistrados y para el propio Ministerio Público, no habiendo interpuesto
la parte denunciante recurso alguno contra la decisión absolutoria de
la Sala Penal de Huacho, con lo que el proceso ha quedado concluido”,
señaló el destacado hombre de leyes.
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