martes, 20 de abril de 2010

CANDIDATOS CON SENTENCIAS VIGENTES NO PODRÁN PARTICIPAR EN ELECCIONES DE OCTUBRE.

*JNE aprobó reglamento de inscripción de listas de candidatos.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el reglamento de inscripción de listas de candidatos para las elecciones regionales y municipales de octubre de este año, documento que, entre otras cosas, incorpora la facultad de excluir del proceso a un candidato que tenga sentencia condenatoria vigente por delito doloso.

Lourdes Vargas, funcionaria del JNE, indicó que si se advirtiera este caso o una resolución que inhabilite a un candidato para ejercer cargo público, será excluido en cualquier etapa del proceso electoral. Inclusive cuando ya está inscrito y haya vencido el periodo de tachas.

La norma, que según informó el JNE será publicada mañana en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, determina también el 5 de julio como fecha límite para que la organización política reemplace a uno o dos candidatos o a la fórmula presidencial regional completa en caso de que, por ejemplo, proceda una tacha contra ellos.

No cabe ningún reemplazo después de esa fecha.

Establece, además, que los candidatos al cargo de consejeros regionales que tengan carácter de accesitarios deberán reunir los mismos requisitos que los postulantes titulares.

Otro aspecto nuevo que incorpora el reglamento es la obligación que tiene cada partido político y movimiento regional de definir a los accesitarios en un proceso de elección interna.

De igual modo, incluye por primera vez el modelo de acta de elección interna.

Respecto al formulario de solicitud de inscripción de lista de candidatos, deberá ser llenado y registrado en el portal institucional del JNE, lo que permitirá que el sistema envíe alertas si faltara alguna cuota nativa, de género o de jóvenes en sus listas.

El reglamento fue aprobado mediante Resolución 247-2010-JNE, luego de recogerse las sugerencias y los aportes de las organizaciones políticas, instituciones privadas y ciudadanos en general. El anteproyecto fue publicado con anterioridad en el portal del JNE.

Se precisa, asimismo, que las listas deben cumplir con una cuota de género de 30 por ciento, de 20 por ciento de jóvenes, en tanto la cuota nativa será de 15 por ciento.

Para el caso de candidaturas regionales, debe acreditarse una residencia efectiva anterior al 5 de julio de 2010 de tres años como mínimo en la circunscripción a la que se postula; y en la municipal, dos años antes, aunque en este caso rige el sistema de domicilio múltiple.

Hoja de vida y plan de gobierno

El reglamento incorpora de igual modo un nuevo formato de declaración jurada de hojas de vida y un formato resumen de plan de gobierno.

En el primer caso está compuesto de cinco partes fundamentales: datos personales del candidato, experiencia laboral, formación académica, cargos políticos y relación de sentencias condenatorias.

Cada declaración jurada deberá consignar la sentencia condenatoria impuesta al candidato por delito doloso y la relación de sentencias que hayan sido declaradas fundadas o infundadas por demandas interpuestas a raíz del incumplimiento de obligaciones familiares y/o alimentarias, contractuales y laborales, y que hubieren quedado firmes.

También, incluir la renuncia efectuada a otros partidos políticos o movimientos regionales o de alcance departamental.

Si el Jurado Electoral Especial advirtiera que se omitió consignar alguna sentencia condenatoria por delito doloso, dispondrá el inmediato retiro del postulante.

Además obliga a la presentación de ingresos y rentas de los candidatos.

El JNE refirió que toda esta información es fiscalizable y verificable.

El formato de plan de gobierno, entretanto, permitirá sintetizar las propuestas de las organizaciones políticas para el periodo de gobierno al cual aspiran.

El formato permite que las propuestas presentadas se vinculen con la realidad regional, provincial y de distrito.

En ese marco, debe incluirse en el formato un diagnóstico que ponga énfasis en el análisis de la problemática y potencialidades de la región, provincia o distrito.

De la misma forma, requiere que se plantee una visión y un esquema de propuesta de desarrollo.

Lourdes Vargas indicó que el reglamento es importante, porque fija las reglas para todas las organizaciones políticas en la presentación de sus listas de candidatos.

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